Riesgos de la Nueva Institucionalidad Ambiental

Enviado por José Manuel Correa Grez el 11/06/2008 a las 08:19 PM

Cuando el Estado se propone regular una determinada actividad, una de las primeras cosas que se debe decidir es desde dónde regularla. Si es una actividad importante, ésta tiene su propio ministerio. Así, la actividad de la minería es regulada por el Ministerio de Minería; la agricultura es regulada por el Ministerio de Agricultura, etc. Por otra parte, si no es considerado muy importante se crea un servicio nacional bajo un ministerio. Así, el Sernatur (servicio nacional de turismo) esta bajo el ministerio de economía, lo mismo el Sernapesca y otros por el estilo.

Pero la protección del medio ambiente involucra transversalmente a las actividades de casi todos los ministerios. Esta es la razón de porqué el consejo directivo de la conama esta integrada por los ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción, Obras Públicas, Transporte, Telecomunicaciones, Agricultura, Vivienda y Urbanismo, Bienes Nacionales, Salud, Minería, Planificación y Cooperación Educación, Defensa, Relaciones Exteriores y Secretaría General de la Presidencia.

Ahora bien, el Medio Ambiente no es una actividad, sino que es un bien público digno de tutela jurídica que involucra tanto al Estado como a los particulares. Es un bien público que además tiene una amplitud no definida y discutida. Por estas razones la creación del ministerio del medio ambiente se enfrenta a importantes problemas. El primero es entrar a definir la esfera de atribuciones de este nuevo ministerio con el objeto de que sus prerrogativas no se superpongan con las de otros ministerios. Además, estas atribuciones deben permitir una colaboración ministerial permanente para que no haya un desequilibrio con el desarrollo económico y social que, junto con la protección al medio ambiente, son las bases del concepto "desarrollo sustentable". Esta colaboración ministerial se ve mermada en nuestra tradición política ya que generalmente un ministro sectorial termina promoviendo sólo su área propia, que en este caso es la protección medioambiental, lo que puede poner en peligro el equilibrio entre medio ambiente y desarrollo.

Por otra parte, los mecanismos de control y fiscalización son básicos en la nueva institucionalidad ambiental. Para la fiscalización se crea una superintendencia y la Conama se transforma en un servicio de evaluación ambiental. Sin embargo se mantienen competencias y potestades de fiscalización de los organismos sectoriales, como la superintendencia de servicios sanitarios, aumentando los peligros de dilución de responsabilidades y una mayor burocracia. Se debe, por tanto, definir adecuadamente las atribuciones de éstos órganos para que los proyectos de ley de reforma institucional cumplan su cometido de proteger el medio ambiente.

Se requiere un cambio en la política ambiental, pero los problemas que aqueja actualmente a la institucionalidad ambiental no considero que justifiquen un cambio institucional como el propuesto. Se puede mejorar sin necesidad de crear un ministerio, tecnificando los organismos que actualmente son autoridad ambiental. Se debe mejorar la fiscalización de normas y resoluciones. Los estudios respecto a las nuevas normas deben ser acabados. Además, se debería incluir a la agricultura como actividad sujeta al trámite de SEIA ya que es una industria muy contaminante por los pesticidas y actualmente se encuentra eximida de dicho trámite.

Y, por último, se debería preocupar el ejecutivo de hacer entrar en vigencia leyes que dependen de decretos y reglamentos* como la que regula el Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, y la que crea la CONAF como organismo público.

*los decretos y reglamentos son normas jurídicas que provienen del Poder Ejecutivo. En cambio, las leyes provienen de la actividad legislativa.

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David
el 14/06/2008 a las 02:59 PM

Un análisis acabado de la nueva institucionalidad podrá hacerse sólo una vez publicado el texto legal definitivo.

En todo caso creo que es algo necesario, sobre todo desde el punto de vista de la Responsabilidad del Estado, como concepto jurídico. De cierto modo, fortalecer una actividad con rango de ministerio produce un compromiso mayor de la autoridad ante la percepción ciudadana.


José Manuel Correa Grez
el 15/06/2008 a las 06:54 PM

Asi es... el análisis acabado será cuando quede publicado el texto legal definitivo, pero para eso habrá que esperar años. Mientras, se pueden hacer comentarios y dar ideas a partir de lo que pueda uno averiguar a cerca de los proyectos de ley.

ese "compomiso mayor" de la autoridad ante la percepción ciudadana no va por crear un ministerio, sino que es mucho mas profundo. Se requiere una profunda reforma a la administración pública. No es un buen concepto que aumentando la burocracia aumentará la responsabilidad del estado, y habrá un compromiso mayor. La responsabilidad del Estado además, sólo se puede hacer efectiva respecto del fisco, es decir, en su aspecto patrimonial.

El objeto de estas reformas no debe ser el medio ambiente, sino que el desarrollo sustentable, y yo veo todo esto desde ese prisma. El medio ambiente a secas puede ser regulado por un ministerio, pero el desarrollo sustentable debe ser llevado a efecto mediante una colaboración de autoridades ambientales, económicas y sociales con determinadas y excluyentes funciones.

 

saludos







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