TERRITORIO COMUN - DERECHO AMBIENTAL

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Normas de calidad ambiental y normas de emisión

Enviado por David el 08/06/2008 a las 04:25 PM

Muchas veces en los noticieros o los distintos medios de comunicación escritos o radiales, hablan de las normas de calidad ambiental o las normas de emsión. A continuación les explico un poco de qué se tratan estos términos tan comunes últimamente.

Las normas de calidad ambiental son instrumentos de gestión ambiental que pueden ser de dos tipos: Normas Primarias de Calidad Ambiental y Normas Secundarias de Calidad Ambiental. Ambas tienen como finalidad establecer los límites mínimos y máximos de contaminantes permitidos en el ambiente. Ambas se dictan a través de decretos supremos.

Cuando se busca proteger la vida y la salud de las personas, estamos en presencias de las normas primarias. Por el contrario, cuando se busca proteger el medio ambiente y los recursos naturales, estaremos en presencia de normas secundarias.

A parte del objeto jurídico protegido, otra diferencia entre una y otra es el hecho de que las normas primarias tienen como ámbito de aplicación todo el territorio nacional, dado el tipo de bien jurídico que protege (la vida y la salud de las personas). Por otro lado, las normas secundarias pueden tener como ámbito de aplicación todo el país o una parte de él, según sea el sector que se pretende proteger.

Las normas de emisión son aquellas que establecen la cantidad máxima permitida para un contaminante medida en el efluente de la fuente emisora. También se establecen a través de un decreto supremo y pueden tener como ámbito de aplicación todo el territorio nacional o una parte de él.

En lo relativo al proceso de elaboración y promugación, éstas siguen en términos generales las mismas reglas con pequeñas modificaciones según se trate de normas de calidad ambiental primariua o secundaria, o normas de emisión.

De este modo tanto el procedimiento de generación como la revisión y la coordinación de estos instrumentos de gestión ambiental corresponden exclusivamente a la CONAMA.

 

 

 

 

 

 







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